
Los delitos de robo y hurto abarcan conductas relacionadas con la apropiación indebida de bienes ajenos, con o sin empleo de fuerza o violencia. La ley distingue su gravedad según los medios utilizados y el valor de lo sustraído, protegiendo así el derecho fundamental a la propiedad.
Los delitos de robo y hurto protegen el derecho de propiedad y se refieren a conductas que implican la apropiación de bienes ajenos sin el consentimiento de su titular. La diferencia esencial entre ambos radica en el modo en que se ejecuta el hecho: mientras el hurto consiste en la simple sustracción de un bien mueble sin empleo de fuerza ni violencia, el robo requiere el uso de fuerza en las cosas o de violencia o intimidación sobre las personas.
El Código Penal distingue entre diversas modalidades, como el robo con fuerza en casa habitada, el robo con violencia o intimidación o el hurto leve. Cada una de ellas presenta penas distintas en función de la gravedad del hecho, el valor del bien sustraído y las circunstancias concurrentes, como la reincidencia o la participación de varias personas.
La intervención de un abogado penalista especializado es esencial en estos casos. La valoración de las pruebas, la identificación de los elementos del tipo penal y el análisis de las circunstancias personales del acusado pueden resultar determinantes para obtener una reducción de la pena, una suspensión de su cumplimiento o incluso una absolución. En nuestro despacho abordamos este tipo de delitos con una defensa técnica y personalizada, orientada a garantizar el respeto a los derechos del cliente en todas las fases del proceso penal.
Preguntas frecuentes sobre los delitos de robo y hurto
1. ¿En qué consiste el delito de robo y el de hurto?
El delito de hurto se produce cuando alguien se apodera de un bien mueble ajeno sin el consentimiento de su propietario y sin emplear fuerza o violencia. El delito de robo, en cambio, requiere que esa apropiación se realice utilizando fuerza en las cosas o violencia o intimidación sobre las personas.
2. ¿Dónde se regulan los delitos de robo y hurto?
Se regulan en los artículos 234 a 242 del Código Penal, dentro del Título XIII, dedicado a los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico.
3. ¿Qué penas tienen estos delitos?
El hurto puede castigarse con prisión de seis a dieciocho meses, y en su modalidad leve con multa. El robo con fuerza en las cosas tiene una pena de uno a tres años, y el robo con violencia o intimidación puede conllevar penas de dos a cinco años de prisión, aumentando en caso de agravantes.
4. ¿Es posible ir a la cárcel por un delito de robo o hurto?
Sí, especialmente en los casos de robo con violencia o de reincidencia. No obstante, cuando el acusado carece de antecedentes y la pena impuesta no supera los dos años, puede solicitarse la suspensión del ingreso en prisión.
5. ¿Qué otras consecuencias tiene un delito de este tipo?
Además de la pena principal, puede existir la obligación de devolver el bien sustraído o indemnizar al perjudicado por los daños y perjuicios. También genera antecedentes penales que pueden afectar a futuros procesos o al acceso a determinados empleos públicos.
6. ¿Qué diferencia hay entre el hurto y la apropiación indebida?
En el hurto, el autor se apodera directamente de un bien ajeno. En la apropiación indebida, el bien fue entregado voluntariamente por su titular, pero posteriormente el receptor decide no devolverlo o usarlo como propio.
7. ¿Qué se considera fuerza en las cosas en un robo?
Se entiende por fuerza en las cosas acciones como romper cerraduras, forzar puertas o ventanas, escalar o emplear llaves falsas. Son medios físicos destinados a acceder al lugar donde se encuentra el bien sustraído.
8. ¿Qué ocurre si el valor de lo sustraído es muy bajo en caso de hurto?
Cuando el valor no supera los 400 euros, se trata de un hurto leve, sancionado con una pena de multa. Sin embargo, si existe reincidencia o habitualidad, puede aplicarse una pena más grave.
9. ¿Qué debo hacer si me acusan de un delito de robo o hurto?
Es importante contar de inmediato con un abogado penalista que revise las pruebas, las declaraciones y los atestados. Una estrategia procesal adecuada puede marcar la diferencia entre una condena y una absolución.
10. ¿Cuándo se cancelan los antecedentes penales por este tipo de delitos?
Los antecedentes se cancelan transcurridos entre uno y cinco años desde el cumplimiento de la pena, según su gravedad, siempre que durante ese tiempo no se haya cometido ningún otro delito.